Presentación de queja ante el Ararteko
El pasado día 4 de Enero de 2022, procedí a presentar escrito expositivo de la situación al Ararteko del cuál recibí acuse de recibo el mismo día 5.
Ciertamente no tengo grandes expectativas al respecto, salvo, quizás, un nuevo reconocimiento y recomendación al ayuntamiento, que evidentemente hará o no caso omiso de la misma.
Mi interés en disponer de nuevo en disponer de una resolución favorable del Ararteko se basa principalmente en ampliar un posible sustento a algún tipo de reclamación al respecto por alguna otra vía.
Y bueno, también puede ser interesante si personas que inicialmente estaban en una institución y ahora están en otra se implican en la resolución de un problema para los vecinos de Bilbao que contribuyeron a crear y posteriormente, desoyendo las recomendaciones del Ararteko, a no solventar.
Recomendaciones estas, las del Ararteko, que en el caso del Ayuntamiento de San Sebastián fueron escuchadas, adoptadas y cristalizaron en una modificación de las normativa de OTA/ORA en ese municipio. Pena que en Bilbao no se tome ese ejemplo
Algunos extractos del escrito presentado:
"Siendo mi vehículo de categoría 2448, personal, de uso particular y solicitada una única tarjeta de residente OTA en mi domicilio para este vehículo, parece que actualmente, no podré obtener la tarjeta de aparcamiento, obligándome a alquilar un garaje (solución muy compleja debido a la altura característica de este tipo de vehículos), plantearme el aparcar en otro municipio distinto al que resido y en el que tanto yo mismo como el vehículo para el que solicito la tarjeta de residente paga sus impuestos; o incluso a vender el vehículo."
"La situación anteriormente expuesta considero que merma mis derechos e incluso se llega a bordear el incumplimiento de la Instrucción de la DGT 08-V/74, llegando a darse una discriminación a este tipo de vehículos por sus características constructivas."
"" Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ...""
"Ruego, por la presente, evalúen el caso y de considerarlo adecuado, soliciten al Ayuntamiento el cumplimiento de la recomendación realizada por el Ararteko por medio de la resolución Resolución 2016R-295-15, y cuya contemplación asumió el Ayuntamiento por medio de la concejala adjunta del área municipal del área de Movilidad y Sostenibilidad en 2017"
Dejo aquí enlace al documento completo de manera que cualquier afectado si decide presentar alguna queja, escrito o recurso lo use como base o guía si lo considera adecuado y oportuno.